CAPITULO V: DE LAS AUTORIDADES DE CERNECO.- ASAMBLEAS.

Art. 11.- Las asambleas pueden ser ordinarias o extraordinarias. Las ordinarias, deberán ser convocadas anualmente por la Comisión Directiva dentro del término de cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social, que queda fijado al 31 de diciembre de cada año. Las asambleas extraordinarias serán convocadas por la comisión directiva, cuando lo considere necesario o a pedido escrito de por lo menos un tercio de los socios con derecho a voto o en su defecto, por el síndico cuando asuntos de interés para CERNECO, así lo requieran.

Art. 12.- Las convocatorias a asambleas se harán mediante avisos publicados por lo menos en un diario local, de gran circulación, por el término de tres días sucesivos o alternados y con por lo menos, la última con ocho días de anticipación de la fecha de su realización debiendo contener el orden del día, la fecha, la hora y lugar de reunión.

Art. 13.- Las asambleas ordinarias requieren un quórum mínimo de socios para constituirse válidamente, de la mitad más uno que estén al día con sus obligaciones sociales, en la primera convocatoria, y media hora después, en segunda convocatoria, con cualquier número de socios debiendo advertirse de esta circunstancia en las publicaciones.

Art 14.- Las asambleas extraordinarias requieren, igualmente, la presencia de la mitad más uno de los socios con derecho a voto para sesionar y tomar resoluciones válidas en la primera convocatoria; y con la presencia de cualquier número de socios con derecho a voto en la segunda convocatoria, media hora después de la primera.

Art. 15.– Las resoluciones serán tomadas en las asambleas ordinarias o extraordinarias, por simple mayoría de votos. Sin embargo, para toda modificación de los bienes se condiciona a la concurrencia y conformidad de las tres cuartas partes de los asociados, que estén al día en el pago de sus cuotas.- Los asociados pueden hacerse representar en las asambleas, por simple carta poder, no pudiendo una misma persona representar a más de un socio. Los directores y demás asociados no podrán votar sobre asuntos en los que tuviesen interés personal.

Art. 16.- La asamblea general es la autoridad máxima de CERNECO. En las asambleas, cada asociado con derecho a voto tiene reconocido un derecho igualitario.

Art. 17.- La comisión directiva está obligada a incluir en el orden del día de las asambleas, cualquier asunto cuya inclusión haya sido solicitada por los socios con derecho a voto y de conformidad a estos estatutos.

Art. 18.- Para tener derecho a participar de las asambleas, con voz y voto, se requiere que el socio esté al día en el pago de sus cuotas sociales y no se encuentre cumpliendo sanciones impuestas por las asambleas o la comisión directiva dentro de sus atribuciones.

Art. 19.- Las asambleas serán presididas por el presidente y secretario designados por la asamblea.

Art. 20.- Al ser abiertas las deliberaciones, el Presidente de la Asamblea solicitará la designación de dos socios presentes para formar la comisión escrutadora de votos, formular un informe escrito del resultado de las votaciones y suscribir conjuntamente con el síndico electo, el acta final, con cuyo requisito tendrá plena validez, debiendo transcribirse todo lo actuado en el libro respectivo.

Art. 21.- Son atribuciones de las asambleas generales:

a) Examinar y pronunciarse sobre la memoria anual y balance general presentados por la comisión directiva y el informe del síndico;
b) Analizar y juzgar lo actuado por la comisión directiva y la conducta de los asociados, pudiendo tomar medidas que crea conveniente, incluso suspender o destituir a sus miembros o asociados;
c) Elegir a los miembros de la comisión directiva y a los síndicos; rever sus decisiones consideradas contrarias al estatuto o violatorias de las leyes;
d) Removerlos de sus cargos y nombrar reemplazantes y aplicarles las sanciones que correspondan;
e) Aceptar la admisión de los socios honorarios,
f) Considerar y resolver todo asunto sometido a su consideración que conste en el respectivo orden del día de la convocatoria y responda a la consecución de los fines y objetivos de la creación de CERNECO.

¿Tienes alguna duda?

Puede comunicarse con nosotros dando click en el botón contáctanos